Acciones de impugnación de actos administrativos
Promovemos demandas de nulidad contra resoluciones, decretos o disposiciones gubernamentales que violan derechos adquiridos, garantías constitucionales o normas de jerarquía superior.
- Demandas contencioso administrativas ante la Justicia Federal y de la PBA/CABA.
- Medidas cautelares de no innovar y suspensión de los efectos del acto estatal.
- Conflictos en contrataciones públicas y licitaciones del Estado.
Responsabilidad patrimonial del Estado
Accionamos judicialmente por los daños causados por el accionar ilícito o lícito del Estado (expropiaciones, falta de servicio, revocación de concesiones o permisos).
Fuerte rigor doctrinal y procesal
Bajo la conducción del Dr. Daniel Horacio Figueroa, combinamos especialización académica con una vasta experiencia en litigación en el fuero contencioso.
Preguntas frecuentes
¿Qué plazo tengo para demandar al Estado tras la denegatoria?
El plazo de caducidad federal ordinario es de 90 días hábiles judiciales desde la notificación del acto que agota la vía administrativa.
¿Se puede suspender la aplicación de una multa o sanción estatal mientras se litiga?
Sí, mediante la solicitud fundada de una medida cautelar de suspensión de efectos del acto administrativo si se demuestra verosimilitud en el derecho y peligro en la demora.
¿Qué fueros judiciales intervienen en estas demandas?
El Fuero en lo Contencioso Administrativo Federal en causas nacionales, o los juzgados contenciosos de la Provincia de Buenos Aires o CABA según la entidad demandada.
¿Necesita asesoramiento legal en esta materia?
Evaluamos su caso con estricta confidencialidad y rigor estratégico. Escríbanos por WhatsApp o complete el formulario para coordinar una consulta presencial o virtual.
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